martes, 29 de junio de 2010

COMUNICADO OFICIAL CON PROPUESTA DE NEGOCIACION

IMPERIO DE HISPANIA

MINISTERIO DE ESTADO

 

Protocolo ME-340/2010

 

 

ESTIMADO SR. GUILLERMO FRANCISCO AZUR Y SOUSA

 

 

Hemos tenido noticias de la existencia de su pretendida "micronacion virtual"  pretendiendo situar referentes geográficos los siguiente que enuncia "La Macronacionalidad de nuestros ciudadanos es Mexicana, ubicados en el Sureste del mismo (Estados Federados de Tabasco, Chiapas, Oaxaca, Campeche, Yucatán y Quintana Roo) ", luego manifestas como fecha de fundación el 4 de enero de 2010, cuando dicha actividad no puede ser reconocida pues solo corresponde a la apertura de una pagina web, la actividad diplomática como tal la inicia en marzo al firmar su primer tratado de reconocimiento y amistad.

 

Como un microestado profesamos como un valor fundamental la paz y el dialogo respetuoso para la solución de toda diferencia, y ante todo el respeto mutuo entre iguales. Así mismo creemos firmemente en el derecho de libre determinación de los pueblos  el cual es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad, y como tal lo hacemos respetar en el plano intermicronacional.

 

Los principios rectores de la Politica Exterior del Imperio de Hispania y al mismo tiempo forman ya parte en el derecho intermicronacinal, destacando tres puntos esenciales:

DOCTRINA DE AUTODETERMINACION DE LAS MICRONACIONES: creemos firmemente en el derecho de libre determinación de los pueblos el cual es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad, y como tal lo hacemos respetar en el plano intermicronacional.

DOCTRINA BLONDIGAN SOBRE LOS ELEMENTOS PARA LA FORMACION DE LAS MICRONACIONES: sostenemos como verdad evidente que ni una unidad política micronacional necesita ser reconocida para convertirse en estado micronacional, ni un estado tiene la obligación de reconocer a otro. Al mismo tiempo, ni el reconocimiento es suficiente para crear un estado micronacional, ni su ausencia lo suprime" Por lo que el estado micronacional como persona de Derecho Intermicronacional debe reunir los siguientes requisitos: I. Población permanente. II. Territorio determinado virtual y/o cibernetico. III. Gobierno. IV. Capacidad de entrar en relaciones con los demás Estados.

DOCTRINA BLONDIGAN DE LA SOBERANIA DE LAS MICRONACIONES NACIENTES: La existencia política del Estado micronacional es independiente de su reconocimiento por los demás Estados micronacionales. Aun antes de reconocido el Estado Micronacional tiene el derecho de defender su integridad e independencia territorial, maritima y aerea, proveer a su conservacion y prosperidad y, por consiguiente de organizarse como mejor lo entienda, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdiccion y competencia de sus autoridades.

Por tanto el Imperio de Hispania se pronuncia sobre el pretendido REINO DIGITAL DE AZUR, que de conformidad con la Doctrina Blondigan sobre los elementos para la formacion de las micronaciones solo tiene poblacion y un pretendido gobierno, pero le falta territorio virtual y/o cibernetico que no se viole los derechos de otro previamente existente y por lo tanto le falta capacidad para entablar relaciones con los demas Estados Micronacionles, en consecuencia el pretendido REINO DIGIAL DE AZUR NO ES UNA PERSONA JURIDICA DE DERECHO INTERNACIONAL Y EN CONSECUENCIA NO ES UN ESTADO MICRONACIONAL.

 

El Imperio de Hispania de conformidad con la Doctrina Blondigan de la soberania de las micronaciones nacientes, el pueblo y gobierno que se identifican con el proyecto de Reino Digital de Azur tienen derecho a organizarse y darse la forma de gobierno que asi les conovenga, y tener un territorio siempre y cuando no viole los derecho territoriales de un Estado Micronacional que con anterioridad tenga posesion de dicho territorio, en el caso que nos ocupa  los territorios que corresponden a los estados mexicanos de Tabasco, Chiapas, Oaxaca, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, que ustedes reclaman son parte integrante del IMPERIO DE HISPANIA.

 

A nuestro Imperio le asiste mejor derecho, porque al fundarse ejercio su soberania sobre todo el Territorio que hoy ustedes reclaman. Con sus actividades y el pronunciamiento de reclamacion territorial de fecha 8 de marzo de 2010 viola la soberania territorial que tiene nuestro Estado Micronacional Imperio de Hispania sobre dichos territorios.

 

Desde la fundacion del Imperio de Hispania ha mantenido una politica pacifista y con un claro animo de que sea el dialogo diplomatico sincero. El Estado Micronacional de Imperio de Hispania ha regido su actuar en un claro respeto de soberania territorial de cada Estado Micronacional, y en todo momento hemos actuado con todas las Micronaciones con las cuales tenemos frontera comun. Por ello, con el fin de establecer las bases para un dialogo con el proyecto Reino Digital de Azur, les invitamos a establecer comunicacion con este Ministerio para en su oportunidad dialogar sobre la posibilidad de cesion de territorio en favor del proyecto que usted encabeza, con la siguiente propuesta:

 

"HISPANIA" cederia a perpetuidad como referente geográfico únicamente los territorios de los Estados de Tlaxcala, Puebla y Oaxaca en México, los departamentos de Chimaltenango, Escuintla, Jalapa, Jutiapa, Quetzaltenango, Retahuleu, Sacatepéquez, San Marcos, Santa Rosa, Sololá, Suchitepéquez, Totonicapán de la Republica de Guatemala a favor de "REINO DIGITAL DE AZUR"

 

El Imperio de Hispania como Estado Micronacional con personalidad juridica intermicronacional, no acepta la intervencion de ninguna junta de notables ni de ningun pretendido organismo supranacional o tribunal de cuenta.

 

Esperamos una respuesta a esta oportunidad de dialogo y estamos en disposicion de dialogo pasifico y sincero.

 

Dado en el Palacio de San Denis en Paris, a 29 de junio de 2010.

 

 

S.A. Marcelo de Blondigan, Principe de Lextrosa,
Ministro de Estado del Imperio de Hispania

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